Aqui las NoticiasEstatal

Rechaza Tribunal aceptar pruebas de Karime “N” contra orden de captura

Un tribunal colegiado rechazó aceptar las pruebas que Karime “N”, ex esposa del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, presentó para revertir la sentencia donde se resolvió no echar abajo la orden de aprehensión librada en su contra.

Cabe recordar que Karime “N” fue señalada como presunta responsable del delito de fraude específico por 112 millones de pesos en agravio del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Veracruz.

Fue en el mes de octubre cuando Juan Mateo Brieba de Castro, juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, determinó negar la protección de la justicia de la ex esposa del ex mandatario veracruzano.

El juez consideró que existen datos de prueba suficientes que acreditan la emisión de la orden de captura, además de que la juez Alma Aleida Sosa Jiménez, jueza de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, cumplió con el estándar necesario para la emisión del mandamiento judicial el 25 de mayo del 2018.

Ante el falle, la ex primera dama de Veracruz interpuso un recurso de revisión, el cual fue admitido a trámite por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal, mismo que ahora determinó no aceptar pruebas a su favor.

El Tribunal determinó devolver el asunto al magistrado Juan José Olvera López para que continúe con la elaboración del proyecto de resolución, el cual será sometido a debate, donde deberá proponer si confirma, modifica o revoca la sentencia.

En el juicio de amparo del juzgado Sexto se indica que la juez estableció que existía la probabilidad de que la quejosa hubiera participado en los hechos con apariencia de delito, como autor intelectual, porque de acuerdo a declaraciones las contrataciones con proveedores y prestadores de servicios en relación al DIF Estatal se llevaban a cabo por instrucciones directas de la quejosa, quien ordenaba se realizaran licitaciones directas y simplificadas para la adjudicación de los contratos detallados.

Fuente:Milenio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *