Acusan a Guardia Nacional de intentar irrumpir en Casa del Migrante en Oluta, Veracruz
A la Presidencia de la República Mexicana
A la SecretarÍa de Gobernación
A la SecretarÍa de Relaciones Exteriores
Al Instituto Nacional de Migración
Al Gobierno del Estado de Veracruz
A la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Veracruz
A la Fiscalía General de Justicia del Estado de Veracruz
A la Procuraduría de los niños, las niñas y adolescentes
A la Comisión Nacional de Derechos Humanos
El día 27 de julio del 2019, alrededor de las 12:00 horas, arribó una patrulla con seis elementos de la Guardia Nacional con el motivo de ingresar a las instalaciones de la Casa del Migrante Mons. Guillermo Ranzahuer González, para realizar una verificación migratoria.
Tres de los seis elementos se acercaron al albergue, no llamaron a la puerta ya que se había recibido a una pipa de gas por lo que arribaron e intentaron ingresar a las instalaciones. Argumentando que los habían mandado a este albergue porque era donde se encontraba la Estación Migratoria pero no presentaron ninguna orden escrita de algún juez.
No hubo registros de violencia, pero tenemos temor que puedan regresar, ya que en estos momentos 133 solicitantes entre ellos mujeres embarazadas y niños en su estatus de solicitantes en la condición de refugiados se encuentran alojados en la Casa del Migrante Mons. Guillermo Ranzahuer González.
Tememos por la integridad de los solicitantes y las personas que laboran en este albergue.
Hacemos un llamado a las autoridades correspondientes para que cesen los hostigamientos e intentos de verificaciones migratorias fuera de ley que ponen en riesgo los derechos humanos de las personas migrantes y las personas defensoras que les acompañan.
La migración es un derecho humano, y si bien todo país tiene potestad de implementar un marco legal para regularla, dicha normatividad debe preservar la integridad de las personas, proveerles trato digno, evitar la criminalización y, sobre todo, manifestarles sus derechos y otorgarles acceso a un proceso de regularización migratoria.
Por lo que solicitamos sean respetados nuestros derechos de acuerdo a lo establecido por el artículo 76 de la Ley de Migración, que a la letra dice: ‘El Instituto (Nacional de Migración) no podrá realizar visitas de verificación migratoria en los lugares donde se encuentren migrantes albergados por organizaciones de la sociedad civil o personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes’”.
Solicitamos sean respetados nuestros derechos y la integridad de las personas que se encuentran dentro de la casa del migrante “Mons. Guillermo Ranzahuer González, estamos protegidos por la comisión interamericana de derechos humanos, y cuentan con medidas cautelares, así mismo no pueden violar nuestros derechos que emanan de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
Como lo indica el Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo. Párrafo reformado DOF 15-09-2017.
ATENTAMENTE
CASA DEL MIGRANTE MONS. GUILLERMO RANZAHUER GONZÁLEZ
OLUTA, VER., A 2 DE AGOSTO