Aprueban diputados nueva Ley de Comunicación Social para Veracruz
Esta norma, que prevé la creación de un Padrón Estatal de Medios de Comunicación, fue respaldada con 30 votos a favor.
Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura aprobaron la Ley de Comunicación Social para el Estado de Veracruz cuyo objeto es establecer las normas a las que deberán sujetarse los entes públicos a fin de garantizar que el gasto en esta materia cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez; que sean respetados los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos, así como la creación de un Padrón Estatal de Medios de Comunicación.
Este Dictamen, puesto a consideración por la Comisión Permanente de Gobernación durante la cuarta sesión ordinaria, registró 30 votos a favor (Morena, Del Lado Correcto de la Historia” y PRD-MC), 12 en contra (PAN) y tres abstenciones (PRI-PVEM).
Con esta Ley –resultado de la iniciativa que presentó a esta Soberanía el pasado 2 de mayo el gobernador Cuitláhuac García Jiménez- será creado el Padrón Estatal de Medios de Comunicación. La información contenida en este padrón será pública y accesible a distancia. De igual manera se establece que el empadronamiento en ningún caso, por ese solo hecho, implicará la obligación de contratación por parte de los entes públicos.
En el aspecto relativo a Reglas de la Comunicación Social se establece que las campañas de la materia deberán promover la difusión y conocimiento de valores, principios y derechos constitucionales; impulsar el turismo, educación, salud y protección civil, entre otros; informar a los ciudadanos de sus derechos y obligaciones, de aspectos relevantes del funcionamiento de los sujetos obligados y de las condiciones de acceso y uso de los espacios y servicios públicos.
Así como anunciar las medidas preventivas de riesgos o que contribuyan a la eliminación de daños de cualquier naturaleza para la salud de las personas o el equilibrio ecológico y protección al ambiente; difundir lenguas originarias y el patrimonio histórico del Estado y comunicar programas y actuaciones públicos.
Por otra parte se indica que las campañas de comunicación social evitarán difundir contenidos tengan por finalidad destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público (con excepción de lo previsto en el artículo 14 de esta Ley).
Además evitarán incluir mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a valores, principios y derechos constitucionales; incitar a la violencia o a comportamientos contrarios al orden jurídico e inducir a la confusión mediante símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes utilizadas por cualquier organización política o social.
La comunicación social que difundan los entes públicos no podrá incluir mensajes que impliquen ataques a la moral, vida privada o derechos de terceros, provoquen algún delito o perturben el orden público.
Las campañas de comunicación social deberán considerar el uso de la Lengua de Señas Mexicana por medio de un intérprete o subtitulaje, así como de textos o tecnologías que permitan el acceso a los contenidos de comunicación social en televisión o video a las personas con discapacidad auditiva.
Se procurará que las campañas de comunicación social se transmitan en versiones y formatos accesibles para personas con discapacidad.
Para la difusión de mensajes que atiendan situaciones de carácter contingente, los entes públicos deberán sujetarse a las disposiciones del presupuesto de egresos del Estado o a sus presupuestos de egresos respectivos, así como a su programa anual de comunicación social.
Se establece que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda campaña de comunicación social en los medios de comunicación.
Los entes públicos deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información sobre los montos destinados a gastos relativos a campañas de comunicación social desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña, de conformidad con la legislación aplicable.
En los posicionamientos y a nombre del Grupo Legislativo de Morena, la diputada Adriana Paola Linares Capitanachi adelantó el voto a favor del Dictamen, ya que esta Ley –agregó- está acorde a lo mandatado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de que establece mecanismos para la transparencia y la rendición de cuentas del gasto destinado a comunicación social, “se erradica la difusión de mensajes encaminados a la promoción personal”.
Subrayó que se evitará el gasto discrecional y genera igualdad en la contratación de espacios de medios de comunicación.